Gestión publica
Gestión Pública
es gestión con las limitaciones derivadas del carácter público del cometido.
Gestión se refiere, según el contexto, tanto una práctica (gestión con minúscula)
como un conjunto de disciplinas (Gestión con mayúscula). Se considera la
gestión como práctica y como disciplina, con particular atención al papel de la
Economía.
Para
acercar los conceptos de gestión pública y Estado, decimos que este es la
organización política soberana de una sociedad humana establecida en un
territorio determinado, bajo un régimen jurídico, con independencia y
autodeterminación, con órganos de gobierno y sistemas de gestión que persiguen
determinados fines mediante actividades concretas
La
relación entre poder y función marca la esencia de la administración pública,
donde a través de ésta se pone en práctica el ejercicio del poder, mediante un
gobierno en beneficio de la sociedad. El funcionamiento del Estado, se origina
en el cumplimiento de sus funciones, del cual se desprenden un conjunto de
actividades, operaciones, tareas para actuar: jurídica, política y
técnicamente. Estas actividades las asume como persona jurídica de derecho
público y lo realiza por medio de los órganos que integran la Administración
Pública, tanto Nacional, como regional y local.
El
Estado en su doble carácter de gobierno y administrador cumple sus fines, competencias
y funciones en sus órganos jurídicos que forman una estructura especial y un
conjunto de técnicas y procedimientos que lo ponen en marcha (gestión pública).
La
Gestión pública se ocupa de la utilización de los medios adecuados para alcanzar
un fin colectivo. Trata de los mecanismos de decisión para la asignación y
distribución de los recursos públicos, y de la coordinación y estímulo de los
agentes públicos para lograr objetivos colectivos. Ésta es una definición muy
general que hay que matizar y concretar desde diferentes puntos de vista.
La
acción pública se desarrolla en varias dimensiones que actúan simultáneamente.
Estas dimensiones son:
· En términos de las relaciones de poder que se establecen entre
los grupos sociales que actúan en instituciones determinadas, su estudio le corresponde
a la Ciencia Política y la Sociología.
· En términos jurídicos, cuando se considera a la Administración
pública como una persona jurídica que tiene derechos y obligaciones, su estudio
le corresponde al Derecho,
· En términos administrativos, cuando se ocupa de los métodos de
trabajo y organización interna, su estudio le corresponde a las Ciencias de la Administración
y la ingeniería.
Sistema de organización del estado
El Estado es la
organización política de una nación, es decir, la estructura de poder que se
asienta sobre un determinado territorio y población. Poder, territorio y pueblo
o nación son, por consiguiente, los elementos que conforman el concepto de
Estado, de tal manera que éste se identifica indistintamente con cada uno de
ellos.
El
poder puede definirse como la capacidad que tiene el aparato institucional para
imponer a la sociedad el cumplimiento y la aceptación de las decisiones del
gobierno u órgano ejecutivo del Estado. La teoría jurídica moderna identifica
poder, con soberanía o capacidad jurídica del Estado. El territorio, espacio
físico donde se ejerce el poder, se encuentra claramente delimitado con
respecto al de otros Estados y coincide con los límites de la soberanía.
El Estado se
sostiene en un aparato organizacional/institucional, que se compone de tres
elementos organizativos: las fuerzas armadas, la hacienda y la administración a
su servicio, con base territorial amplia y separación entre el Estado y la
sociedad.
Elementos
constitutivos del estado
Territorio
El territorio es el
elemento físico del Estado y es de primer orden, porque colocado al lado del
elemento humano permiten que surja y se conserve el Estado, sin embargo el
Estado es una agrupación política, no una expresión geográfica o económica.
Población
Los
hombres y mujeres que pertenecen a un Estado componen la población de éste. La
población desempeña, desde el punto de vista jurídico, un doble papel. Puede,
en efecto, ser considerada como objeto o como sujeto de la actividad estatal.
El poder
El
poder es la capacidad de tomar e imponer decisiones que tiene una persona o un
grupo de personas, dentro de un sistema social, sobre otras personas o grupo de
personas a favor o en contra de su voluntad y en una relación dinámica
conflictiva y asimétrica.
Características del estado
El
Estado es una realidad social y jurídica, con características específicas, que son:
a. Es
la organización política de una sociedad humana que corresponde a un tiempo y
espacio determinados.
b. Su
realidad está constituida por los siguientes elementos:
•
Una agrupación social humana, que viene a ser la población;
•
Un territorio, que es la realidad físico-geográfica;
•
Un orden jurídico, en el que descansa el poder;
•
La soberanía, que implica independencia y autodeterminación; y
•
Un gobierno y una administración para su funcionamiento.
Función pública
Principios y deberes
Reinhold Zippelius, establece que el Estado, en tanto estructura
organizada de poder, tiene como función garantizar una convivencia ordenada y sin
contradicciones y, en especial, la paz y la seguridad jurídica.
El Estado constituyendo una
estructura político jurídico, está conformado por elementos estructurales y atributivos.
Los primeros son aquellos que contribuyen a integrar la organización del Estado,
población, territorio, poder político o gobierno. Los segundos le dan a la
organización política el carácter propio y específico del Estado, la soberanía
y el orden jurídico.
El Estado tiene como fin último, el
“bien común”, que es definido como la común felicidad temporal, la perfecta suficiencia
de vida, el buen vivir humano o la armónica plenitud de los bienes humanos, para
alcanzar este fin último lleva acabo la función pública.
El Comité Jurídico Interamericano
de la OEA establece que "Función pública" esto da actividad temporal
o permanente, remunerada u honoraria, realizada por una persona natural en nombre
del Estado o al servicio del Estado, o de sus entidades, en cualquiera de sus niveles
jerárquicos.
Funcionario
publico
La Convención Interamericana
contra la Corrupción define en un solo concepto al "funcionario
público", "oficial gubernamental" o "servidor público"
como cualquier funcionario o empleado del Estado, incluidos los que han sido
seleccionados, designados o electos para desempeñar actividades o funciones en
nombre del Estado o al
servicio del Estado,
en todos sus niveles jerárquicos.
La
Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, entiende por "funcionario
público" a toda persona que ocupe un cargo legislativo, ejecutivo, administrativo
o judicial de un Estado Parte, ya sea designado o elegido, permanente o temporal,
remunerado u honorario, sea cual sea la antigüedad de esa persona en el cargo, o
toda persona que desempeña una función pública, incluso para un organismo público
o una empresa pública, o que preste un servicio público.
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