INTRODUCCION:
En el presente trabajo de interpretación y comentarios académicos se
intenta proporcionar una información comprensible y de fácil entendimiento al
lector. El campo de la auditoria es demasiado amplia por ello su labor implica
que se debe llevar una serie de requisitos mínimos generales de calidad que
brinden confianza a sus usuarios de la información financiera y el dictamen del
auditor. Para garantizar esta calidad mínima, la ley y la profesión han
estipulado una serie de normas que deben ser rigurosamente cumplidas por el
auditor y los cuales se refieren a como debe ser el auditor, como debe ejecutar
el trabajo y como debe presentar sus informes para quien lo lea y tenga
confianza en la información que se desprende de esta labor. Por ello en el
presente informe daré a conocer algunas definiciones, clasificación,
descripción e interpretaciones sobre las Nomas de Auditoria Generalmente
Aceptadas. Las cuales el auditor tiene que estar actualizado.
Seguidamente iniciaremos definiendo algunos términos relacionados a las Nomas
antes mencionadas.
ANTECEDENTES HISTORICOS UNIVERSALES DE
LAS NAGAS:
Las NAGA, inicia en los Boletines emitidos por el Comité
de Auditaría del Instituto Americano de Contadores Públicos de
los Estados Unidos de Norteamérica en el año 1948 aproximadamente. En 1972 fue
creado el Auditing Standards Committee(Comité de Normas de Auditoría), cuyos
pronunciamientos se denominan Statements on Auditing Standards-SAS
(Declaraciones sobre Normas de Auditoría), de los cuales el número 1, publicado
en noviembre de 1973, bajo el título Codification of Auditing Standards and
Procedures(Codificación de Normas y Procedimientos de Auditoría).
HISTORIA DE LAS NORMAS DE AUDITORIA GENERALMENTES
ACEPTADAS EN EL PERÚ:
Las NAGA en el Perú En el Perú, fueron aprobadas en el mes de octubre de
1968 con motivo del II Congreso de Contadores Públicos, llevado a cabo en la
ciudad de Lima. Posteriormente, se ha ratificado su aplicación en el III
Congreso Nacional de Contadores Públicos, llevado a cabo en el año 1971, en la
ciudad de Arequipa. Por lo tanto, estas normas son de observación obligatoria
para los Contadores Públicos que ejercen la auditoría en nuestro país, por
cuanto además les servirá como parámetro de medición de su actuación
profesional y para los estudiantes como guías orientadoras de conducta por
donde tendrán que caminar cuando sean profesionales.
CONCEPTOS DE NORMAS DE AUDITORIA
GENERALMENTE ACEPTAS:
Con la intención de ilustrar al lector sobre las NAGA desarrollamos
algunas definiciones basado en la opinión de profesionales auditores
especializados y con un desarrollo de doctrina de las referidas normas.
Ø Las NAGA son lineamientos que señalan los
cursos de acción o la Certificados (AICPA, por sus siglas en inglés) han
aprobado y adoptado diez NAGA, las cuales deben considerarse como los diez
mandamientos que deben regir el trabajo de auditor independiente y que se
dividen en tres grupos: Normas generales o personales, Normas de ejecución del
trabajo y Normas de preparación del informe manera de seguir los
procedimientos. Son los requisitos de calidad relativos a la personalidad del
auditor y al trabajo que desempeña, que se deriva de la naturaleza profesional
de la actividad que desarrolla. Las normas de auditoría que rigen la función
del auditor hoy son la Normas Internacionales de Auditoría (NIA)
Ø Las normas de
auditoría generalmente aceptadas son los principios fundamentales de la
auditoria a los que deben enmarcar su desempeño los auditores durante el
proceso de la auditoria. El cumplimiento de esta Norma garantiza la calidad del
trabajo profesional del auditor”.“COMITÉ DE AUDITORIA DEL INSTITUTO
AMERICANO DE CONTADORES PÚBLICOS DE LOS EE.UU. DE NORTEAMERICANA
AÑO 1968.
Ø Las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas,
tienen que ver con la calidad de la auditoría realizada por el auditor
independiente. Los socios del AICPA han aprobado y adoptado diez normas de
auditoría generalmente aceptadas (NAGA), que se dividen en tres grupos: (1)
normas generales, (2) normas de la ejecución del trabajo y (3) normas de
informar.
CLASIFICACION DE LAS NORMAS DE
AUDITORIA GENERALMENTE ACEPATADAS:
1.
NORMAS GENERALES O PERSONALES:
a) ENTRENAMIENTO Y CAPACIDAD PROFESIONAL:
“Como
se aprecia de esta norma, no sólo basta ser Contador Público para ejercer la
función de Auditor, sino que además se requiere tener entrenamiento técnico
adecuado y pericia como auditor. Es decir, además de los conocimientos técnicos
obtenidos en los estudios universitarios, se requiere la aplicación práctica en
el campo con una buena dirección y supervisión. Este adiestramiento,
capacitación y práctica constante forma la madurez del juicio del auditor, a
base de la experiencia acumulada en sus diferentes intervenciones,
encontrándose recién en condiciones de ejercer la auditoría como especialidad.
Lo contrario, sería negar su propia existencia por cuanto no garantizará
calidad profesional a los usuarios, esto a pesar de que se multiplique las
normas para regular su actuación”.
B)
INDEPENDENCIA:
“El
auditor debe mantener una actitud mental independiente y una aptitud de
imparcialidad de criterio. Los juicios que formula deben basarse en elementos
objetivos de la situación que examina. El auditor actúa como juez del trabajo
realizado por las personas que preparan los estados financieros. La mayor
amenaza que tiene un auditor en la práctica profesional en cuanto a su independencia
de criterio es que, frecuentemente, son los directores de las empresas cuyas
decisiones e informes el auditor debe juzgar y sobre los cuales debe opinar,
los que lo eligen lo retienen o reemplazan a su exclusiva discreción. Es por
ello que la selección del auditor debe ser ratificada por la Junta de
Accionistas (artículo 114º Junta General de Accionistas, Ley General de
Sociedades)”
.
C)
CUIDADO O ESMERO PROFESIONAL:
“Esta norma requiere que el auditor independiente desempeñe su trabajo con
el cuidado y la diligencia profesional debida. La diligencia profesional impone
la responsabilidad sobre cada una de las personas que componen la organización
de un auditor independiente, de apegarse a las normas relativas a la ejecución
del trabajo y al informe. El ejercicio del cuidado debido requiere una revisión
crítica en cada nivel de supervisión del trabajo ejecutado y del criterio
empleado por aquellos que intervinieron en el examen. El hecho de que el
auditor sea competente y tenga independencia mental no garantiza que su examen
sea un éxito pues se hace necesario que no actúe con negligencia.
Para actuar con diligencia o celo profesional, prácticamente, el auditor
debe cumplir las restantes nueve normas de auditoría, las dos personales, tres
de ejecución del trabajo y cuatro referentes a la información. Esta norma
compendia todo el trabajo de auditoría.
El cuidado debido se hace referencia a lo que el auditor hace y qué tan
bien lo hace. Un ejemplo de éste se observa en lo relativo a los papeles de
trabajo, los cuales requieren que su contenido tenga la suficiencia para
justificar la opinión del auditor y la evidencia de haber cumplido con las
Normas de Auditoría. Como en cualquier clase de servicios, el profesional asume
el deber de ejercitar la capacidad y técnica que posee con cuidado y diligencia
adecuadas. El ofrecer un servicio es indicar que se tiene el grado de técnicas
poseídas generalmente por otros del mismo ramo, y el no poseer tal grado de
técnicas constituirían una especie de fraude a quien utiliza sus servicios. Sin
embargo ningún individuo puede garantizar que la tarea que asume se llevará a
cabo sin faltas o errores; él se compromete a tener buena fe e integridad pero
no infalibilidad; y puede ser culpable de negligencia, mala fe o deshonestidad
pero no por las consecuencias de errores de juicio o apreciación.
El auditor debe pues ejercitar adecuado cuidado de manera que, por
ejemplo, el contenido de sus papeles de trabajo sea suficiente para respaldar
su opinión y su representación en cuanto al cumplimiento de Normas de Auditoría
de Aceptación general”.
2. NORMAS DE
EJECUCION DE TRABAJO:
Se refiere a Normas que regulan directamente al trabajo del
auditor durante el desarrollo de sus diferentes fases. El propósito principal
se orienta a que el auditor obtenga la
evidencia suficiente en sus papeles de trabajo para apoyar su opinión sobre la
confiabilidad de los Estados Financieros.
D) PLANEAMIENTO Y SUPERVISION:
“La auditoría debe planificarse adecuadamente y el trabajo de
los asistentes debe ser supervisado apropiadamente. La auditoría de estados
financieros requiere de una operación adecuada para alcanzar totalmente los
objetivos de la forma más eficiente. La designación de auditores externos por
parte de la empresa se debe efectuar con la suficiente anticipación al cierre
del periodo material del examen, con el fin de permitir el adecuado
planeamiento de trabajo del auditor y la aplicación oportuna de las normas y
procedimientos de auditoria. Por su Parte, la supervisión debe ejercerse en las
etapas de planeación, ejecución y terminación del trabajo. Debe dejarse en los
papeles de trabajo evidencia de la supervisión ejercida.”
E) ESTUDIO Y EVALUACION DEL CONTROL INTERNO:
“La segunda norma sobre la ejecución del trabajo indica se
debe llegar al conocimiento o compresión del control interno del cliente como
una base para juzgar su confiabilidad y para determinar la extensión de las
pruebas y procedimientos de auditoría para que el trabajo resulte efectivo. El
control interno es un proceso desarrollado por todo el recurso humano de la
organización, diseñado para proporcionar una seguridad razonable de conseguir
eficiencia y eficacia en las operaciones, suficiencia y confiabilidad de la
información financiera y cumplimiento de las leyes y regulaciones aplicables al
ente. Este concepto es más amplio que el significado que comúnmente se atribuía
a la expresión control interno. En éste se reconoce que el sistema de control
interno se extiende más allá de asuntos relacionados directamente a las
funciones de departamentos financieros y de contabilidad. Las responsabilidades
del auditor y sus funciones en relación con su examen ordinario con el
propósito de emitir una opinión sobre los estados financieros, no están
diseñadas primordialmente y específicamente y no se puede, por lo tanto,
confiar en ellas para descubrir desfalcos y otras irregularidades similares;
sin embargo, por las razones expuestas en la segunda norma indicada arriba, el
auditor debe estudiar y evaluar el sistema de control interno lo cual puede
ocasionar el descubrimiento de irregularidades o la posibilidad que existan. Un
sistema de control interno bien desarrollado podría incluir control de
presupuestos, costos estándar, reportes periódicos de operación, análisis
estadísticos, un programa de entrenamiento de personal y un departamento de
auditoría interna. Podría fácilmente comprender actividades en otros campos
tales como estudios de tiempos y movimientos, los cuales están cobijados bajo
la ingeniería industrial, y controles de calidad por medio de inspección, los
cuales son funciones de producción”
F) EVIDENCIA SUFICIENTE Y COMPETENTE:
“Debe obtenerse suficiente evidencia mediante la inspección,
observación, indagación y confirmación para proveer una base razonable que
permita la expresión de una opinión sobre los estados financieros auditados.
Una evidencia será insuficiente, por ejemplo, cuando no se ha participado en
una toma de inventarios, no se confirmó las cuentas por cobrar, etc”.
Clasificación de la evidencia:
v Evidencia
física:
Se obtiene
mediante inspección u observación directa de actividades, bienes o
sucesos. La evidencia de esta naturaleza puede presentarse en forma de
memorandos (donde se resumen los resultados de la inspección o de la
observación), fotografías, gráficos, mapas o muestras materiales. Si este es el
único tipo de evidencia, al menos dos auditores deberían examinarlas.
v EVIDENCIA
DOCUMENTAL:
Consiste en
información elaborada, como la contenida en cartas, contratos, registros de
contabilidad, facturas y documentos de la administración relacionados con su
desempeño; asimismo, la que establece las normas procesales pertinentes, en
caso de determinación de responsabilidades administrativas, civiles y penales.
v EVIDENCIA
TESTIMONIAL:
Se obtiene de
otras personas en forma de declaraciones hechas en el curso de investigaciones
o entrevistas. Las declaraciones que sean importantes para la auditoria deberán
corroborarse, siempre que sea posible, mediante evidencia
adicional. También será necesario evaluar la evidencia testimonial para
cerciorarse que los informantes no hayan estado influidos por prejuicios o tuvieran
sólo un conocimiento parcial del área auditada.
v EVIDENCIA
ANALITICA:
Comprende
cálculos, comparaciones, razonamiento y separación de la información en sus
componentes; cuyas bases deben ser sustentadas documentadamente, en caso
necesario y especialmente en el deslinde de responsabilidades administrativas,
civiles o penales. Confiabilidad de la Evidencia proveniente de Sistemas
Computarizados Cuando la información procesada por medios electrónicos,
constituya una parte importante o integral de la auditoria y su confiabilidad
sea esencial para cumplir los objetivos del examen, se deberá tener certeza de
la importancia y de la confiabilidad de esa información. Para determinar
la confiabilidad de la información el auditor: a) Podrá efectuar una revisión
de los controles generales de los sistemas computarizados y de los relacionados
específicamente con sus aplicaciones, que incluya todas las pruebas que sean
permitidas; o b) Si no se revisa los controles generales y los
relacionados con las aplicaciones o comprueba que esos controles no son
confiables, podrá practicar pruebas adicionales o emplear otros
procedimientos. Cuando el auditor utilice los datos procesados por medios
electrónicos o los incluya en su informe a manera de antecedentes o con fines
informativos, por no ser significativos para los resultados de la auditoría,
bastará generalmente que en el informe se cite la fuente de esos datos v
cumplir las normas relacionadas con la exactitud e integridad de su informe.
3.
NORMAS DE
PREPARACION DEL INFORME:
G) APLICACIÓN DE
LOS PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS:
“La primera norma relativa a la rendición de
informes exige que el auditor indique en su informe si los estados financieros
fueron elaborados conforme a los principios de contabilidad generalmente
aceptados PCGA. El término "principios de contabilidad " que se
utiliza en la primera norma de información se entenderá que cubre no solamente
los principios y las prácticas contables sino también los métodos de su aplicación
en un momento particular. No existe una lista comprensiva de PCGA pues en la
contabilidad son aceptados tanto principios escritos como orales. Esta segunda
norma requiere no de una aseveración del auditor, sino de su opinión sobre si
los estados financieros están presentados de acuerdo con tales principios.
Cuando se presentan limitaciones en el alcance del trabajo del auditor que lo
imposibilita para formarse una opinión sobre la aplicación de los principios,
se requiere la correspondiente salvedad en su informe”.
H) CONSISTENCIA:
“El informe debe identificar algunas circunstancias en las cuales tales
principios no se han observado uniformemente en el periodo actual con relación
al periodo precedente. El dictamen debe expresar si tales principios han sido observados
consistentemente en el periodo cubierto por los estados financieros, pues los
cambios de Principio de Contabilidad Generalmente Aceptados afectan la
comparabilidad de los estados financieros. Por ejemplo Es el cambio de usa el
método UEPS por el PEPS para costear inventario o un cambio de método de
depreciación de línea recta al de saldos decrecientes para todos los activos de
determinado tipo, si se verifican en periodos diferentes.
Esta norma requiere que el auditor compare los principios, prácticas y
los métodos usados en los estados financieros del periodo cubierto por el
informe de auditoría con aquellos utilizados en el periodo anterior, con el
objeto de formarse una opinión de si se han aplicado o no en forma consistente
dichos principios y procedimientos.”
I) REVELACION
SUFICIENTE:
“La tercera norma relativa a la información del auditor a
diferencia de las nueve restantes es una norma de excepción, pues no es
obligatoria su inclusión en el Informe del auditor. Se hace referencia a ella solamente
en el caso de que los estados financieros no presenten revelaciones
razonablemente adecuadas sobre hechos que tengan materialidad o importancia
relativa a juicio del auditor”.
J) OPINION DEL
AUDITOR:
“El dictamen debe expresar una opinión con respecto
a los estados financieros tomados en su conjunto o una afirmación a los efectos
de que no puede expresar una opinión en conjunto. El objetivo de esta norma,
relativa a la información del dictamen, es evitar una mala interpretación del
grado de responsabilidad que se está asumiendo. El auditor no debe olvidar que
la justificación para expresar una opinión, ya sea con salvedades o sin ellas,
se basa en el grado en que el alcance de su examen se haya ajustado a las NAGA.
Un examen de auditoría realizado conscientemente y con resultados
satisfactorios, debe capacitar al auditor para establecer con certeza y
objetividad, las informaciones básicas con absoluta claridad y precisión. La
expresión de la opinión es el trabajo del auditor. Finalmente, a modo de
conclusión, cabe señalar que en todos los países en los cuales las empresas y
entidades públicas y privadas tengan que llevar la contabilidad de sus
operaciones diarias, estas pueden ser objeto de un examen riguroso”.
CONCLUSION:
La importancia de la Normas de
Auditoria Generalmente Aceptadas radica en su esencia de ser un conjunto de
códigos que cualifican el trabajo del Auditor, profesional independiente.
Normas que le dan mayor importancia a la información resultante de las auditorias
financieras de una entidad económica.
El estudio de sus antecedentes ayuda
a una comunidad académica y a otros lectores contextualizarse en un determinado
momento, como punto de referencia de partida y conocer a partir de ello el
desarrollo y variaciones de las mismas normas durante el tiempo. Cambios que
están a cargo de los organismos nacionales e internacionales autorizados con el
propósito de estandarizar los códigos normativos.
Las Normas de Auditoria Generalmente
Aceptadas se definen como principio básicos de la auditoria a los que
deben enmarcar su desempeño los auditores durante el proceso de la auditoria ya
sea de forma general, de la ejecución del trabajo y de la emisión del informe.
El cumplimiento de estas normas garantiza la calidad del trabajo profesional
del auditor, con el empleo del juicio en la ejecución de su evaluación en la
entidad auditada y el informe referido al resultado del mismo que aportaran a
la toma de decisiones para los usuarios interesados.
Del tercer punto se puede concluir
diciendo que de acuerdo a lo investigado y analizado se puede determinar que la
NAGA constituyen las condiciones fundamentales y necesarias que debe
poseer un auditor a fin de garantizar confianza en su labor, permitiéndole
servir a sus clientes con calidad profesional y moral ética moral
Un auditor deberá ejecutar su trabajo
previo estudio y análisis de los datos que disponga, es decir que realizar un
diagnóstico de su entorno, sin embargo no debería a limitarse a trabajar
únicamente con la información que disponga sin no que será necesario que
indague y esté preparado profesionalmente para desempeñarse en cualquier ámbito
y sepa afrontar las adversidades que se presente en la vida profesional.